Pensión alimenticia

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El TS confirma la privación de la patria potestad y el cese de las visitas a un padre por grave desatención personal y económica

19 de junio de 2019 Jurisprudencia PATRIA POTESTAD

La falta de relación con el hijo -durante 8 años- y la falta de pago o pago incompleto de la pensión alimenticia a la que venía obligado son razones suficientes para la fijación de tan grave medida en interés del niño. Según el Supremo, la Audiencia motivó concienzuda y meticulosamente los hechos probados y la prueba practicada.

Los jueces no pueden acordar la extinción de la pensión alimenticia por motivos distintos a los alegados por el progenitor

La Audiencia Provincial de las Islas Baleares ha anulado una sentencia que ordenó el cese de la pensión de alimentos por un motivo distinto al alegado por el padre, porque no se pudo demostrar que la jóven hubiera comenzado a trabajar.  Esta no es una medida de derecho necesario, sino de libre disposición y la sentencia del juzgado era incongruente.

El Supremo considera “indigno” a un padre de heredar a su hijo enfermo cuando en vida le tuvo en “absoluto” abandono

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la incapacidad por causa de indignidad de un padre de heredar a su hijo ya fallecido, que sufría una parálisis cerebral, al considerar acreditado que el progenitor lo tenía en estado de "abandono grave y absoluto" y que además incumplió sus obligaciones de pasar pensión de alimentos mientras estaba con vida.

La Audiencia Provincial de Murcia confirma la rebaja de la pensión de alimentos a un trabajador que perdió capacidad económica por la crisis en la construcción

03 de febrero de 2012 Jurisprudencia PENSIÓN DE ALIMENTOS

El tribunal ha tenido en cuenta para rebajar la pensión alimenticia “que la situación de paro actual no es equiparable a la que tenía cuando se fijó la pensión de alimentos. En aquél momento (año 2002), tal y como resulta de la vida laboral, se alternaban periodos de paro (con cobro de la prestación de desempleo) con otros de trabajo, por lo que tenía de forma continuada ingresos económicos”.

La Audiencia Provincial de Murcia confirma la rebaja de la pensión de alimentos a un trabajador que perdió capacidad económica por la crisis en la construcción

03 de febrero de 2012 Jurisprudencia PENSIÓN DE ALIMENTOS

El tribunal ha tenido en cuenta para rebajar la pensión alimenticia “que la situación de paro actual no es equiparable a la que tenía cuando se fijó la pensión de alimentos. En aquél momento (año 2002), tal y como resulta de la vida laboral, se alternaban periodos de paro (con cobro de la prestación de desempleo) con otros de trabajo, por lo que tenía de forma continuada ingresos económicos”.

La Audiencia Provincial de Murcia confirma la rebaja de la pensión de alimentos a un trabajador que perdió capacidad económica por la crisis en la construcción

03 de febrero de 2012 Jurisprudencia PENSIÓN DE ALIMENTOS

El tribunal ha tenido en cuenta para rebajar la pensión alimenticia “que la situación de paro actual no es equiparable a la que tenía cuando se fijó la pensión de alimentos. En aquél momento (año 2002), tal y como resulta de la vida laboral, se alternaban periodos de paro (con cobro de la prestación de desempleo) con otros de trabajo, por lo que tenía de forma continuada ingresos económicos”.

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